Los líos en las comunidades de vecinos no solo tienen que ver con lo que pasa entre propietarios y residentes. A veces, el problema viene de fuera, con una persona ajena al edificio, y esta comunidad lo sabe bien: tendrá que pagar una indemnización de más de 6.000 euros.
Una caída desafortunada puede tener consecuencias muy serias. Lo sabemos todos, pero además de afectar a quien se cae, también puede acabar salpicando a terceros. En este caso, una mujer sufrió una caída en los bajos de un edificio; denunció y, tras casi diez años de proceso, la sentencia le ha dado la razón.
Después de nueve años
Es un buen ejemplo de cómo un incidente aparentemente “tonto” puede terminar en los tribunales. Los hechos ocurrieron en 2016 y ha sido en 2025, casi una década después, cuando se ha dictado la sentencia final (que puedes leer en este enlace) para cerrar el caso.
La sentencia hace referencia al incidente que tuvo una mujer el 16 de febrero de 2016 al salir de un establecimiento comercial situado en los bajos de un edificio. Al salir, tropezó y cayó en la zona de acceso al inmueble, sufriendo diversas lesiones.
Diferentes versiones. Según la víctima de la caída, el accidente se debió al mal estado y la falta de mantenimiento del suelo. Argumentó que había un desnivel (una especie de escalón) mal señalizado, sucio y difícil de ver, ya que el pavimento era idéntico en ambas alturas.
Por su parte la comunidad de vecinos se defendió argumentando que, aunque son propietarios del terreno (un espacio de retiro de fachada), es de uso público. Alegaron que el escalón era visible, que la víctima iba cargada con bolsas y distraída, y que el mantenimiento era correcto.
En una primera sentencia (primera instancia), el juez dio la razón a la Comunidad y desestimó la demanda, considerando que el escalón era visible y que la caída fue un "riesgo general de la vida". La mujer, no conforme, recurrió a la Audiencia Provincial.
La Audiencia Provincial revisó el caso y corrigió al primer juez: concluyó que el punto donde cayó la mujer no era seguro, porque no era un escalón “normal”, sino un desnivel irregular y difícil de ver (mismo suelo arriba y abajo, sin marcas y además sucio). Al ser una zona que pertenece a la comunidad, la responsabilidad de mantenerla en buen estado era suya.
También dio por probado que la caída ocurrió justo en ese desnivel, apoyándose en testimonios y en lo que se señaló inmediatamente después del accidente. Y rechazó que la víctima tuviera culpa por llevar bolsas o caminar en diagonal, porque es algo habitual y no había prohibición de paso.
Con todos estos hechos, la Audiencia Provincia dictó una condena a la comunidad que debía pagar 6.170,42 euros, más intereses legales desde enero de 2017.
Lo que no tuvo en cuenta fue el conceder los 3.000 euros extra que solicitaba la víctima por pérdida de calidad de vida laboral por falta de pruebas, y al estimarse solo en parte, cada parte paga sus gastos y las costas comunes se reparten.
Vía | Economist & Jurist
En Xataka SmartHome | “No voy a usar el ascensor” ya no sirve como excusa. Los tribunales dan la razón a esta comunidad y toca pasar por caja
Ver 0 comentarios