Cada vez son más las ciudades españolas que ponen en marcha zonas de bajas emisiones. Estas restricciones están empujando a muchos conductores a dar el salto a un coche con batería, ya sea híbrido o totalmente eléctrico. Pero este cambio trae consigo una necesidad inevitable: instalar un punto de carga. Y ahí es donde, en ocasiones, empiezan los problemas con los vecinos.
Si el garaje es particular, el asunto suele resolverse sin complicaciones. Sin embargo, cuando hablamos de un garaje comunitario, hay que contar con el resto de propietarios y con los acuerdos de la comunidad. El conflicto aparece cuando algún vecino o la propia comunidad se opone a que instales un cargador para tu coche eléctrico pero... ¿pueden negarse realmente? Vamos a ver qué dice la ley y cuáles son tus derechos en este tipo de situaciones.
Solo hay un requisito: avisar antes
Si la plaza de aparcamiento es totalmente independiente —un garaje privado—, el dueño puede instalar lo que quiera siempre que respete la normativa. Pero cuando se trata de una plaza dentro de una comunidad de propietarios, entra en juego la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula los derechos y obligaciones en estos espacios compartidos.
Según establece el artículo 7.2 de la LPH, cualquier propietario puede utilizar su espacio como considere adecuado, siempre que no realice actividades molestas, peligrosas o contrarias a la normativa vigente. Esto también se aplica a poner muebles, dejar dos vehículos siempre que el seguro lo cubra, o instalar elementos dentro de la plaza si los estatutos no lo prohíben.
“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
Una plaza de garaje en un edificio es un espacio común de uso privativo, lo que significa que cada propietario puede usarlo libremente mientras no invada otras plazas, no altere elementos estructurales del edificio ni comprometa la seguridad. Por tanto, los vecinos no pueden impedir la instalación de un punto de recarga si se cumplen estas condiciones.
Igualmente la misma Ley establece en el artículo 17.5 que si tienes una plaza de garaje de uso exclusivo y quieres poner un cargador para tu coche eléctrico, no necesitas pedir permiso a la comunidad. Puedes instalarlo sin problema. Lo único que exige la ley es que avises por escrito al presidente y al administrador antes de empezar los trabajos. Con esa simple comunicación, estás cumpliendo con todo lo necesario.
“La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad.”
Un derecho del propietario. La ley es muy clara: si un vecino quiere un cargador en su plaza, solo está obligado a informar previamente a la comunidad. No necesita autorización ni votación. La comunidad no puede bloquear la instalación.
La comunidad solo podría plantear una alternativa (y oponerse) si decide instalar un sistema de recarga comunitario para todo el garaje. En ese caso, necesitaría aprobarlo por mayoría simple. Aun así, el propietario tiene derecho a mantener su propia instalación siempre que no interfiera con la común. Si la comunidad no ofrece esa solución colectiva, no puede impedir la instalación individual.
Qué cargadores puedo poner
A partir de ahí, puedes elegir entre varios tipos de cargadores según tus necesidades. El más básico es el cargador portátil, que se conecta a un enchufe normal. No es rápido y requiere una línea dedicada, pero puede sacarte del apuro si cargas poco. La opción preferida por la mayoría es el wallbox, un cargador fijo instalado en la pared que ofrece más potencia, estabilidad y funciones inteligentes. Suelen trabajar entre 3,7 kW y 7,4 kW, más que suficiente para cargar por la noche.
También existen cargadores trifásicos de 11 o 22 kW, pensados para coches compatibles y viviendas con instalación trifásica. Son muy rápidos, pero no todos los usuarios los necesitan.
Otra alternativa son los cargadores inteligentes con control dinámico de potencia, que ajustan automáticamente la carga para evitar que salten los plomos, permitiendo incluso no aumentar la potencia contratada. Y, por último, hay cargadores con contador integrado, útiles en los pocos casos en los que se conecta al contador comunitario con consentimiento de la comunidad.
Eso sí, el propietario asume el coste del cargador, la instalación y el consumo eléctrico. Además, el trabajo tiene que ajustarse a la normativa técnica correspondiente, en este caso el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT, ITC-BT-52)
Foto de portada | Rathaphon Nanthapreecha
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