El Supremo aclara las dudas sobre los cargadores eléctricos en garajes comunitarios: esto es lo que te hará falta realmente

Si el cargador se instala en una plaza de garaje privada y es para uso individual, no hace falta permiso de la comunidad

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Jose Antonio Carmona

Editor Senior

Poco a poco, el vehículo eléctrico se extiende y un ejemplo más de esta proliferación lo vimos ayer mismo al abordar cómo el Gobierno prepara una modificación del CTE en la que apuesta por facilitar la movilidad eléctrica. Muy relacionado con este tema, el Tribunal Supremo acaba de dictar un fallo que será muy bien recibido por quienes quieren instalar un punto de carga.

Se trata de una situación que ya hemos abordado en distintos artículos: qué pasa si quieres instalar un cargador para mi vehículo eléctrico en un garaje comunitario y qué requisitos son necesarios para hacerlo de forma legal y no tener problemas con los vecinos. Esta cuestión se acaba de aclarar con la última sentencia del alto tribunal.

A principios del mes de diciembre, el Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto en una sentencia que sirve para sentar jurisprudencia y aclarar, además de servir de base, futuros casos que se puedan presentar. La sentencia (STS 1745/2025) que se puede consultar completa desde este enlace, determina que no será necesario pedir permiso a la comunidad para instalar un cargador: con una simple comunicación será suficiente.

Los hechos reclamados

Cochera

El caso surge en una comunidad de propietarios a raíz de la instalación de un punto de recarga para un vehículo eléctrico en una plaza de garaje de uso privativo. El propietario de la plaza comunicó previamente a la comunidad (es lo que se suele hacer habitualmente) su intención de realizar la instalación. Además pagó el coste de toda la obra y aportó la documentación técnica necesaria conforme a la normativa eléctrica vigente.

El problema es que la comunidad se negó. Argumentó que la instalación no podía realizarse sin su autorización, al entender que el cableado discurría por elementos comunes del garaje, como el techo o el forjado. Tras celebrarse una junta extraordinaria, se aprobó un acuerdo por el que se exigía la retirada del punto de recarga y se advertía de posibles acciones legales si no se cumplía el requerimiento.

Dos acciones judiciales contrapuestas. El propietario impugnó judicialmente ese acuerdo y en primera instancia, el juzgado dio la razón a la comunidad, al considerar que la instalación había alterado elementos comunes sin autorización. No obstante, la Audiencia Provincial revocó esa decisión y declaró nulo el acuerdo comunitario. La comunidad recurrió entonces al Tribunal Supremo.

La decisión del Tribunal Supremo

Carga

Entonces el alto tribunal entró a valorar el caso tomando como eje el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en garajes comunitarios. 

“La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.

La cuestión principal era decidir si para instalar un punto de recarga basta con avisar a la comunidad o si hace falta su autorización cuando el cableado pasa por elementos comunes.

El Tribunal Supremo lo deja claro: si el cargador se instala en una plaza de garaje privada y es para uso individual, no hace falta permiso de la comunidad, solo comunicarlo previamente y asumir el coste. Además, recuerda que es normal que estas instalaciones pasen por zonas comunes del garaje y que exigir que no las afecten en absoluto haría imposible aplicar la ley.

El dictamen final

El Tribunal Supremo da la razón al propietario y confirma que para instalar un punto de recarga en una plaza de garaje privada basta con avisar a la comunidad, aunque el cableado pase por zonas comunes.

Por lo tanto, se anula el acuerdo que obligaba a retirar la instalación y la comunidad es condenada a pagar las costas. La sentencia deja claro que la comunidad no puede impedir ni exigir permiso para este tipo de instalaciones si se cumplen los requisitos legales y se ha comunicado previamente.

Por qué son tan importantes las sentencias del TS

Tribunal Supremo Imagen | Google Maps

Llegados a este punto, muchos podéis pensar qué novedad tiene esta resolución si esto ya lo dejaba claro la ley. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo sobre un caso concreto es muy relevante, ya que marca el camino a seguir para el resto de jueces y tribunales.

Sirven para dictar sentencia. Marcan cómo debe interpretarse y aplicarse la ley en todo el país por el resto de jueces, aportan seguridad jurídica y ayudan a evitar conflictos innecesarios, ya que permiten saber de antemano qué dice la ley y cómo se va a aplicar.

Además, son resoluciones firmes y definitivas, sin posibilidad de recurso, y su interés va más allá del caso concreto, ya que influyen en otros procesos futuros y en la vida jurídica de ciudadanos, empresas y comunidades.

Foto de portada | smart-me AG

Más información | STS 1745/2025

Vía | Economist & Jurist

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