Tengo uno o más pisos de alquiler: así me afectan los cambios que llegan con la nueva ley del Gobierno

  • Incluye la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de la suspensión de los desahucios para hogares vulnerables

  • Este cambio afecta a los que tienen 3 o más viviendas pero exime a los que tienen como mucho 2 pisos

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Jose Antonio Carmona

Editor Senior

Si estos días has visto las noticias, seguro que has leído u oído hablar del nuevo decreto que ha preparado el Gobierno de España y que está activo desde hoy, jueves 5 de febrero, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Temas políticos a un lado, el nuevo Real Decreto-ley está generando dudas entre los propietarios de pisos en alquiler, ya que cambian muchas cosas.

El Gobierno, mediante el Consejo de Ministros, aprobó el 3 de febrero de 2026 un nuevo Real Decreto-ley que prorroga el llamado “escudo social”. La gran novedad de este año es que, si tienes pisos en propiedad alquilados, variará cómo te afecta en función de cuántos pisos tengas. Y si tienes dudas, tranquilo, porque te voy a explicar qué comprobar para que sepas cómo te afecta según tu situación.

La prórroga de la moratoria de desahucios del “escudo social” reabre el debate porque, aunque busca proteger a hogares vulnerables sin alternativa habitacional, el decreto mantiene lagunas que generan confusión, sobre todo entre propietarios.

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Qué es eso de la moratoria antidesahucios

Pexels Osho 1599466 Foto de Iván Rivero

Está pensada para proteger a personas en situaciones desfavorecidas. Si el propietario acredita una vulnerabilidad mayor, la Administración debe ofrecer una alternativa. Y aquí está el problema: el proceso puede alargarse semanas o meses, porque un juez tendría que determinar quién es más vulnerable.

Con este cambio en la norma, la suspensión de desahucios se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 para familias vulnerables sin alternativa habitacional, y puede activarse en alquileres cuando el inquilino deja de pagar por una situación económica acreditada por los servicios sociales, paralizando el procedimiento.

El cambio principal

Okupación Imagen | Idealista

El problema, y lo que está provocando la queja de los propietarios, es que, a diferencia de los años anteriores, este decreto introduce una distinción que antes no estaba y que se basa en el número de viviendas.

Para quienes tienen pisos en propiedad, lo que cambia es que, en el caso de los que tienen solo una o dos viviendas, podríamos casi decir que están de suerte (dentro de lo que cabe). El nuevo decreto exime a los pequeños propietarios (arrendadores con una o dos viviendas) de la suspensión de desahucios. Esto significa que, aunque el inquilino se declare vulnerable, no se podrá paralizar el proceso de desahucio por esta vía.

Pero para aquellos que tengan tres o más viviendas, sí que el decreto les afecta de lleno: hay cambios importantes. El decreto prorroga la suspensión de los desahucios y lanzamientos hasta el 31 de diciembre de 2026 para inquilinos en situación de vulnerabilidad económica que no tengan otra alternativa habitacional.

El decreto establece que los procedimientos de desahucio o lanzamiento que se encontraran suspendidos a fecha de 27 de enero de 2026 continuarán suspendidos sin necesidad de una nueva solicitud.

Condiciones para suspender un desahucio

Pexels Ekaterina Bolovtsova 6077326 Imagen de Ekaterina Bolovtsova

Para aquellos dueños que entren en la categoría de propietarios con 3 o más pisos, el desahucio solo se paralizará si se cumplen una serie de requisitos:

  • Vulnerabilidad del inquilino: debe estar acreditada por servicios sociales (ingresos bajos, cargas familiares, etc.).
  • Falta de alternativa: el inquilino no debe tener otro sitio donde vivir.
  • Vulnerabilidad del propietario: si el propietario puede demostrar que necesita el piso por su propia situación de vulnerabilidad económica, el juez podría priorizar su caso. En este caso, el dueño de la vivienda tiene un plazo de 10 días para alegar su propia situación una vez se solicite la suspensión.

Y esto último es un problema. Según Ricardo Bravo, portavoz de la plataforma Afectado por la okupación e inquiokupación, en declaraciones a Antena 3, esto hace que la decisión se pueda retrasar en el tiempo llegando a posponerse incluso meses porque “un juez tendría que dirimir posteriormente cual de los dos es más vulnerable para poder quedarse en la vivienda”.

Compensaciones económicas

Pexels Cartist 6317649 Foto de CARTIST

Donde nada cambia con la nueva norma es en las compensaciones a los propietarios y arrendadores que se ven afectados por la paralización de un desahucio.

Los dueños de tres o más viviendas afectados por un proceso de desahucio pueden pedir compensaciones económicas por las rentas no percibidas durante la suspensión, hasta el 31 de enero de 2027. Y aquí aparecen dudas, ya que la gestión de estas ayudas depende de cada comunidad autónoma, así que los plazos de tramitación y cobro pueden variar bastante.

Según establece el Real Decreto-ley 2/2026, el plazo para pedir estas ayudas se ha ampliado hasta el 31 de enero de 2027. La compensación suele cubrir el precio medio del alquiler en la zona (según el índice de referencia), además de los gastos corrientes que hayas seguido pagando.

Inquiokupa y okupa no es lo mismo

Okupa Imagen | Ayuntamiento de Escalona

Para terminar, quiero hacer una aclaración en la que muchos (yo mismo, incluido) caemos: no tener del todo clara la diferencia entre “inquiokupación” y okupación.

Si se produce un impago del alquiler con un contrato de por medio y el inquilino deja de pagar por vicio (es decir, no por vulnerabilidad acreditada), el Gobierno aclara que esto debe resolverse por la vía judicial ordinaria y, en principio, no debería verse afectado por el escudo social.

Distinto es el caso de la okupación clásica. Si alguien entra en una vivienda habitual o en una segunda residencia, el desalojo se sigue tramitando por la vía penal o por procedimientos civiles rápidos (en teoría, en 24-48 horas), ya que estas situaciones quedan fuera de la protección de este decreto.

Según el Gobierno, la norma acordada con el PNV y aprobada en Consejo de Ministros permitiría reactivar unos 10.000 desahucios que llevaban más de cinco años congelados por la moratoria, pero otros 50.000 lanzamientos por impago del alquiler seguirán paralizados, como mínimo, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Imagen portada | Policía Local de Granada en X

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