Dice el refrán que buenas vallas hacen buenos vecinos, y tiene toda la razón, ya que nos aíslan del ruido, visualmente y aportan más intimidad delimitando espacios y quitando miradas cotillas.
Sin embargo, también pueden ser fuente de conflictos cuando queremos modificar algo en su estructura, quitarlas, ampliarlas o simplemente hacer algo tan básico como pintarlas. ¿Qué dice la Ley al respecto?
Vallas y muros entre vecinos: lo que dice la Ley
Ya sea en urbanizaciones de casas adosadas o chalets, en una terraza o patio compartido por varias viviendas, la pared divisoria que delimita y divide estos espacios es lo que se conoce como muro medianero.
Un muro que pertenece a ambos vecinos por igual, en condominio, y que sirve como límite, elemento estructural, cerramiento y en algunos casos como elemento de carga para la construcción que puede sostener vigas y tejados.
¿Qué Ley regula estos elementos? Pues es el Código Civil a partir de la sección cuarta, donde se estipula que cada propietario de una pared medianera puede usarla en proporción a su derecho, por ejemplo introduciendo vigas hasta la mitad del muro, pero sin vulnerar los derechos de uso del otro propietario.
Si quiero cambiar algo de estos muros o vallas compartidas, ¿necesito algún permiso del vecino? Sí. No se pueden abrir huecos, poner ventanas, hacer modificaciones de su estructura o simplemente pintar sin el consentimiento del otro vecino. De hecho, para hacer reparaciones o cambios es necesario que se pongan de acuerdo los dos vecinos dando su consentimiento expreso.
En general ambas partes tienen la obligación de mantener en buen estado estos muros medianeros, aportando por igual económicamente para que así sea, con la excepción de cuando uno de los vecinos haya causado un daño al muro, siendo en este caso él responsable de arreglarlo.
Si bien un vecino puede decidir no participar en el mantenimiento de un muro compartido, si esta pared es necesaria para sostener el edificio, entonces no puede negarse.
También en comunidades de vecinos
Este tipo de paredes también son frecuentes en edificios con múltiples viviendas y zonas comunes. En este caso, como señalan los expertos de Reale, si la pared medianera forma parte de los elementos comunes de un edificio, también habrá que respetar la Ley de Propiedad Horizontal y los estatutos de la comunidad a la hora de realizar obras o modificaciones.
En el caso de tratarse de un muro situado en una terraza o patio de uso privativo, el dueño puede realizar modificaciones siempre que quede plasmado en las escrituras dicha condición, que lo comunique a la comunidad de propietarios y obtenga el permiso correspondiente.
Además, estas reformas deben cumplir con la normativa de seguridad vigente y por supuesto no afectar a la estructura del edificio ni cambiar su aspecto exterior. Por ejemplo, no se pueden abrir ventanas ni elevar un muro más de lo que estuviese acordado con los vecinos.
Más información | Reale | Idealista
Imagen portada | Valentin Lacoste
En Xataka Home | Tengo calefacción central: ¿puede la comunidad decidir cuándo encenderla? Esto es lo que dice la Ley
Ver 0 comentarios