Tener en casa un ascensor viejo en 2026 no es un problema si cumple con la normativa. Pero, para que funcione de forma legal, tiene que pasar una especie de ITV. Y superarla, ya te adelanto, no va a salir barato.
Por si no estás familiarizado con el tema, conviene recordar que desde julio de 2024 entró en vigor una normativa que afecta a los ascensores de los edificios. Los más modernos ya cuentan con los requisitos necesarios, pero los más antiguos tienen que pasar la OCA, y eso suele implicar tocar las cuentas de la comunidad.
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¿Qué es eso de la OCA?
Pues OCA, siglas de Organismo de Control Autorizado, vendría a ser algo así como una especie de “ITV” exclusiva para ascensores. Está regulada por el Real Decreto 88/2013 del 8 de febrero, y consiste en una inspección que debe realizarse periódicamente por parte de una entidad supervisora autorizada.
Como cuentan en Ascensores Embarba, se trata de una revisión llevada a cabo por una empresa acreditada, cuyo objetivo es garantizar el correcto funcionamiento del ascensor y comprobar que se adapta a la normativa vigente.
¿Te puedes librar?
No te puedes librar, pero puedes ganar tiempo. En su momento ya te conté cómo, en mi bloque, con un ascensor de casi 50 años, la habíamos pasado justo antes de que entrara en vigor la normativa, por lo que teníamos un plazo extra hasta 2028 para adaptarlo. Pero, si la tienes que pasar ahora, así te va a afectar.
Si te toca pasar ahora la revisión del ascensor, por primera vez desde la entrada en vigor de la nueva normativa, debes tener en cuenta que se trata de un proceso en el que intervienen un inspector de la OCA y un representante de la empresa de mantenimiento, que como cuentan en Duplex Ascensores, ponen a revisión una serie de apartados.
- Puertas de acceso y su condena mecánica y eléctrica.
- Cables de tracción y sus amarres.
- Mecanismos de freno.
- Topes elásticos y los amortiguadores.
- El paracaídas y el limitador de velocidad.
- Topes elásticos y los amortiguadores.
- Dispositivos de alarma y de parada de emergencia.
- La cabina y el acceso a ella.
- El contrapeso.
- Los circuitos eléctricos de seguridad.
- El hueco del ascensor.
- Cuarto de máquinas, poleas y grupo tractor.
- El mantenimiento, la identificación o los rótulos. En este punto también verificará que el ascensor cumple con la normativa vigente. Por tanto, si es posible que, a pesar de seguir un programa de revisiones impecable, conste en el acta como punto para subsanar la adecuación del dispositivo a nuevas legislaciones, como la ITC.
¿Cuándo tengo que pasarla?
El plazo para pasar la revisión es de cuatro años en el caso de ascensores instalados en bloques de más de cuatro plantas o con más de 20 viviendas. Además, este plazo se reduce a dos años en los ascensores de edificios industriales y edificios públicos. En el resto de casos, la inspección debe realizarse cada seis años.
Además, hay un supuesto extra que puede hacer que el ascensor de tu comunidad tenga que pasar la revisión antes de tiempo y de forma extraordinaria: será obligatorio realizar la OCA si se han llevado a cabo reformas importantes o si se ha producido algún accidente.
¿Y qué pasa si no la supera?
Documento acreditativo de haber superado la OCA
Si el ascensor supera la inspección, recibirá un distintivo adhesivo con los datos de la revisión y de las próximas inspecciones. Si no la supera, se emitirá un informe para los titulares, la empresa mantenedora y el organismo competente.
- Si la inspección es favorable y no se detectan defectos, el ascensor recibe una etiqueta verde y no es necesario hacer nada más.
- Si hay defectos leves, también se considera favorable y se coloca etiqueta verde, pero esas deficiencias deben corregirse antes de la siguiente inspección. Si no se solucionan, pasarán a considerarse graves.
- Cuando los defectos son graves, el ascensor recibe una etiqueta amarilla y la comunidad dispone de seis meses para corregirlos. Después, se realiza una nueva inspección para comprobar si se han subsanado. Si todo está correcto, se emite un acta favorable y se cambia la etiqueta amarilla por una verde.
Si no se corrigen los defectos graves en el plazo previsto, el inspector puede ordenar la paralización del ascensor. En ese caso, se coloca una etiqueta roja y el equipo queda inmovilizado, comunicándose la situación a Industria, al titular de la instalación y a la empresa mantenedora.
Además, no pienses que todo acaba así. Según la empresa de ascensores Fain, la comunidad puede verse afectada legalmente: “en caso de que se produjese un accidente con un acta de paralización emitida, la póliza de responsabilidad civil no cubriría el accidente”.
Y las inspecciones no terminan cuando se pasa la OCA y así lo advierten: de forma independiente industria suele llevar a cabo comprobaciones de oficio para comprobar que el ascensor permanece realmente fuera de servicio. Si detecta que no ha sido inmovilizado, puede imponer una sanción importante tanto al titular de la instalación como a la empresa mantenedora.
Qué hay que añadir
La nueva normativa de ascensores exige adaptar las instalaciones para cumplir una serie de requisitos de seguridad y accesibilidad. Para ello, es necesario incorporar determinadas medidas de protección. Se trata de mecanismos que, en el caso de los ascensores que aún no los tengan, habrá que añadir de forma progresiva según la inspección técnica correspondiente. En OTIS los detallan uno por uno:
- Nivelación en parada: es un mecanismo pensado para evitar los molestos escalones que quedan cuando el ascensor no se detiene exactamente a ras de la planta. La parada debe tener una precisión de 10 milímetros y la nivelación, de 20 milímetros, para reducir el riesgo de tropiezos. En muchos casos, esto exige instalar un variador de frecuencia, un añadido que puede rondar los 3.000 euros.
- Seguridad en puertas: para evitar accidentes por el cierre inesperado de las puertas, es necesaria la instalación de cortinas fotoeléctricas mediante sensores. Existe una excepción si el ascensor cuenta, además, con una puerta de apertura tradicional.
- Comunicación bidireccional: el ascensor debe incorporar un sistema de comunicación en cabina, también adaptado para personas con discapacidad auditiva, y un dispositivo de telefonía que funcione incluso en caso de fallo eléctrico.
- Control de carga: para evitar bloqueos o situaciones de riesgo, el ascensor debe contar con un sistema que impida su funcionamiento cuando se supera el peso máximo permitido.
- Protección del contrapeso: la instalación debe garantizar que el contrapeso no suponga un peligro en zonas de paso.
- Guías y elementos mecánicos: deben sustituirse las guías antiguas que no cumplan con los requisitos de seguridad actuales.
El precio de adaptar el ascensor para que cumpla con toda esta normativa y cuente con todos los sistemas de seguridad no va a ser barato. No hay una cifra única, ya que intervienen factores como la antigüedad del ascensor, el número de paradas, si es eléctrico o hidráulico y, sobre todo, el estado de sus componentes mecánicos actuales. Por eso, encontramos un abanico de precios que puede ir desde unos 8.000 euros hasta casi los 30.000 euros.
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