Si tu vecino te prohibe que pongas el aire acondicionado no te lo tomes a broma: puede salirte muy caro

  • Al instalar la máquina exterior, se puede considerar que afecta la estética y a zonas e instalaciones comunes

  • Además de lo que determinen los vecinos hay que también tener en cuenta la normativa municipal

Aires
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Jose Antonio Carmona

Editor Senior

España es un país en el que el calor tiene un peso importante en el día a día. No es casualidad que casi la mitad de las viviendas del país cuenten ya con aire acondicionado instalado: según un estudio de Idealista con datos de 2024, esto ocurre en un 41 % de los hogares. Por eso, colocarlo en el lugar adecuado no es solo una cuestión de comodidad, sino también de evitar problemas con los vecinos e incluso posibles incumplimientos de la normativa.

Teniendo en cuenta esa realidad, no resulta extraño que cada vez más personas se planteen instalar un equipo en casa. Y si tú estás entre ellas, conviene que antes de dar el paso tengas claras varias cuestiones importantes. Porque, aunque mucha gente no lo sabe, en este tema tus vecinos también pueden tener mucho que decir.

Pexels Joseantoniogallego 5539540 Foto de Jose Antonio Gallego Vázquez

Antes de ir a la tienda, contactar con un instalador y entregar la señal por el modelo que más te gusta o mejor se adapta a tus necesidades, lo más importante es que te pongas en contacto con tu comunidad de vecinos, ya sea a través del presidente o del administrador.

El principal obstáculo al instalar un aire acondicionado suele ser decidir dónde colocar la unidad exterior. Y aquí, tanto los vecinos como la normativa municipal pueden echar por tierra tu intento de climatizar la casa.

Por un lado, y como ya hemos visto en otras ocasiones, existe una normativa municipal fijada por el consistorio de cada municipio. Los ayuntamientos suelen ser bastante estrictos y, por regla general, prohíben colocar estas máquinas en las fachadas principales que dan a la calle. Lo más recomendable suele ser buscarles un hueco en balcones o terrazas. Y ojo, porque colocarlo en un patio interior tampoco siempre es una solución válida.

Pero, más allá de lo que indique la normativa municipal, también hay que tener muy claros los límites que impone la Ley de Propiedad Horizontal. Se trata de una norma que da un gran poder a los vecinos, que, por medio de las juntas de propietarios, son quienes tienen la última palabra para que puedas colocar tu flamante aire acondicionado.

Al ser considerada por la LPH como una modificación que afecta a elementos comunes y a la estética del edificio, la ley establece que la junta de propietarios debe aprobar la instalación. Habitualmente, se requiere el voto favorable de una mayoría de tres quintos (3/5).

Aire

El artículo clave para no pillarse los dedos es el artículo 7.1 de la LPH, ya que establece que puedes realizar modificaciones en tu vivienda siempre que no pongas en riesgo la seguridad del edificio, no alteres su estructura o diseño exterior y no perjudiques a otros vecinos, por ejemplo provocando ruidos o filtraciones de agua.

Según el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) , la instalación de equipos como una bomba de calor en zonas comunes —como patios interiores o fachadas— implica una modificación de elementos comunes, y por tanto requiere la autorización de la comunidad de propietarios. En principio, este tipo de actuaciones deberían aprobarse por unanimidad en Junta, tal como establece el artículo 17.6 de la misma ley. 

Jurisprudencia y nuevas interpretaciones. Sin embargo, la jurisprudencia más reciente ha introducido ciertos matices. Basándose en el artículo 3.1 del Código Civil, y considerando el uso generalizado de sistemas de climatización en viviendas, algunos tribunales han optado por aplicar una interpretación más flexible del artículo 7 de la LPH.

Se trata de un caso parecido al de los toldos o las persianas venecianas que ya hemos visto en otros artículos. Al considerarse un elemento que puede alterar la estética del edificio y romper la armonía visual de la fachada, la comunidad de propietarios puede exigirte que instales un toldo con un color y un diseño idénticos a los del resto de viviendas, o que coloques el aire acondicionado en un lugar en el que no quede visible desde el exterior.

Por eso, antes de comprarlo o acometer cualquier obra, consulta los estatutos de tu edificio, revisa las ordenanzas de tu ayuntamiento y avisa siempre a la comunidad de tus intenciones, ya que saltarte las normas e ir por libre puede salirte muy caro.

Vía | Información

En Xataka SmartHome | Aire acondicionado en un piso de alquiler: ¿quién paga la instalación o la reparación?

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