Mi piso tiene etiqueta F o G: ¿tengo que reformarlo para evitar una multa? Esto es lo que dice realmente la norma

Mi piso tiene etiqueta F o G: ¿tengo que reformarlo para evitar una multa? Esto es lo que dice realmente la norma

  • Tener una vivienda F o G no significa que tengas que reformarla en 2030

  • Por ahora el gobierno no ha desarrollado la normativa y los objetivos que se buscan son globales, no individuales

  • Otra cosa distinta es el parque no residencial, dónde sí que se marcan objetivos concretos

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Jose Antonio Carmona

Editor Senior

Seguramente hayas visto cómo en tu barrio reformaban alguna vivienda o algún edificio para mejorar su eficiencia energética. Puede que también hayas oído que estas obras son obligatorias a raíz de una normativa europea y que no realizarlas puede acarrear una sanción. Pero ¿qué hay de cierto en todo esto?

Lo cierto es que Europa busca conseguir viviendas mucho más eficientes y que consuman menos energía. En España hay que tener en cuenta que una parte del parque residencial se construyó cuando no existía ninguna normativa que estableciera requisitos relacionados con la eficiencia energética: no se exigían determinadas condiciones para la envolvente térmica, las ventanas o los sistemas de climatización. Por eso, vamos a analizar qué dice realmente Europa y cómo puede afectarte.

La nueva normativa europea obliga a España a reducir el consumo energético de su parque residencial. Sin embargo, no establece que todas las viviendas con las peores calificaciones deban alcanzar una letra concreta ni prohíbe venderlas o alquilarlas. La Directiva europea sobre la eficiencia energética de los edificios establece algo bastante más complejo y, sobre todo, no impone directamente esa obligación a cada propietario.

Al tratarse de una directiva comunitaria, fija unos objetivos vinculantes que España debe incorporar a su marco normativo, principalmente a través del Código Técnico de la Edificación y de los decretos relacionados con la certificación energética. El plazo general establecido para que los Estados miembros adaptaran su legislación nacional concluyó el 29 de mayo de 2026.

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Qué exige Europa a las viviendas

Envolvente Termica Jpg Imagen | SEOM Rehabilitadora

De entrada, hay que tener claro que la directiva diferencia entre edificios residenciales y no residenciales. En el caso de las viviendas, que se encuadran dentro de los edificios residenciales, Europa no establece que cada inmueble deba alcanzar una letra energética determinada.

Lo que exige es que cada país diseñe una trayectoria para reducir progresivamente el consumo medio de energía primaria de todo su parque residencial y hacerlas más eficientes. En concreto, España deberá lograr estas cifras:

  • Se reduzca al menos un 16 % en 2030 respecto a 2020.
  • Disminuya entre un 20 % y un 22 % en 2035.
  • Continúe bajando progresivamente hasta alcanzar un parque inmobiliario de cero emisiones en 2050. 
  • A partir de 2030, todas las viviendas nuevas deben tener un consumo casi nulo y no emitir gases fósiles in situ.

Por tanto, se trata de un objetivo nacional calculado sobre el conjunto de las viviendas y no de una exigencia individual para cada propietario. Es un temor que, por ahora, podemos descartar.

Las viviendas menos eficientes serán prioritarias, por lo que no todas recibirán el mismo tratamiento. La normativa establece que, como mínimo, el 55 % de la reducción del consumo deberá conseguirse mediante actuaciones realizadas dentro del 43 % de los edificios residenciales menos eficientes. Pero, ojo, esto no significa que todo ese 43 % deba reformarse obligatoriamente. Lo que se exige es que una parte mayoritaria del ahorro energético nacional proceda de las actuaciones realizadas sobre ese segmento del parque residencial.

Qué significa tener una vivienda F o G

Cartificado

¿Cuáles son las viviendas que se consideran menos eficientes? Suelen ser inmuebles con problemas como fachadas sin aislamiento, cubiertas mal acondicionadas, ventanas antiguas, puentes térmicos o sistemas de calefacción y agua caliente con un consumo elevado. En muchas ocasiones, estas viviendas reciben las calificaciones energéticas F y G.

En la siguiente tabla puedes consultar las distintas etiquetas en función de la eficiencia energética de cada vivienda:

Clasificación

Nivel de eficiencia

características

a

Muy alta

Excelente aislamiento, instalaciones eficientes y presencia de energías renovables. Consumo y emisiones mínimos.

B

Alta

Buen aislamiento y climatización eficiente, aunque sin alcanzar el rendimiento de una vivienda A.

C

Buena

Consumo moderado. Suele cumplir estándares relativamente modernos de construcción.

D

Media

Eficiencia aceptable, pero con margen de mejora en aislamiento, ventanas o instalaciones.

E

Baja

Consumo elevado. Frecuente en edificios construidos antes de las normativas energéticas modernas.

F

Muy baja

Mal aislamiento, cerramientos antiguos o sistemas de calefacción y refrigeración poco eficientes.

G

La más baja

Consumo y emisiones muy elevados respecto a viviendas similares. Es la peor nota posible.

En este punto es fundamental tener en cuenta el certificado energético (ojo, no es lo mismo que el CAE). Este documento es obligatorio cuando una vivienda se va a vender o alquilar. También lo habrás visto en los anuncios inmobiliarios, ya que es obligatorio entregarlo al comprador o al arrendatario.

Este certificado clasifica los inmuebles mediante una escala que va desde la A, reservada para los más eficientes, hasta la G, correspondiente a los que obtienen los peores resultados. O, lo que es lo mismo, la tabla que aparece arriba.

Las letras F y G indican que la vivienda presenta un consumo elevado de energía primaria no renovable o unas emisiones de CO₂ altas en comparación con otros inmuebles de características similares.

Estas viviendas serán las que se conviertan en foco ayudas y actuaciones de rehabilitación, pero aquí es donde mucha gente se equivoca: que una vivienda esté incluida en una de estas categorías no quiere decir que sea obligatorio reformarla para convertirla en una vivienda con etiqueta E o D antes de una fecha determinada.

También hay que tener en cuenta que, en la actualidad, no es obligatorio contar con una calificación mínima para vender o alquilar una vivienda. Si quieres vender o comprar un inmueble con la etiqueta G, puedes hacerlo sin mayor problema. El único requisito obligatorio es que disponga del correspondiente certificado energético.

Por lo tanto, cabe deducir que esta normativa funciona como una especie de guía. Después, cada país deberá concretar cómo alcanza los objetivos marcados por Europa. En España, la herramienta es el Plan Nacional de Renovación de Edificios (PNRE), junto con las normas que desarrollen la directiva. Para llegar al mayor número posible de viviendas, el Gobierno podría recurrir a ayudas, deducciones fiscales, financiación, asistencia técnica o requisitos mínimos dirigidos a determinados inmuebles.

¿Y de dónde viene la confusión?

El problema es que estos límites afectan a los edificios no residenciales. Como puedes imaginar, no se aplican a las viviendas, sino a inmuebles destinados a oficinas, comercios, hoteles y otros usos distintos del residencial. En este tipo de edificios sí se establecen unos mínimos para actuar sobre el 16 % menos eficiente antes de 2030 y sobre el 26 % menos eficiente antes de 2033.

El objetivo es colectivo, no individual. Para el parque residencial, las fechas marcadas en el calendario son 2030 y 2035. Además, se utilizan porcentajes de reducción del consumo medio, no una calificación energética mínima individual.

Qué mejoras permiten aumentar la eficiencia

Ventana 2

Aunque no exista una obligación automática, mejorar una vivienda F o G puede reducir el consumo, aumentar el confort y elevar su valor en caso de querer venderla o arrendarla. Las modificaciones y actuaciones más importantes dependen de cada edificio, pero algunas son especialmente habituales:

  • Aislar fachadas, cubiertas y suelos.
  • Sustituir las ventanas y mejorar su instalación.
  • Corregir puentes térmicos y filtraciones de aire.
  • Incorporar protecciones solares.
  • Sustituir sistemas antiguos por bombas de calor.
  • Instalar sistemas de regulación y control.
  • Aprovechar las energías renovables cuando resulte viable.

Son varios los puntos que hay que tener en cuenta. Por ejemplo, cuando se habla de sustituir sistemas antiguos por bombas de calor, se hace referencia a la prohibición de subvencionar las calderas de gas desde 2025 y al objetivo de eliminarlas progresivamente con el horizonte puesto en 2040, apostando por la aerotermia y las energías renovables.

Cuando se habla de aprovechar las energías renovables, se hace referencia a la apuesta por el uso de paneles solares en reformas y edificios de nueva construcción, junto con la preinstalación obligatoria de puntos de recarga para coches eléctricos y la creación de plazas para bicicletas en edificios residenciales.

En los edificios de viviendas ya existentes, algunas de las actuaciones más efectivas afectan a elementos comunes, como la fachada o la cubierta. Por este motivo, no siempre basta con que un propietario cambie las ventanas o sustituya individualmente su sistema de calefacción.

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