Heredaron un local pensando en abrir un bar con terraza hasta que chocaron con la comunidad de vecinos y la Justicia: lo habían prohibido días antes

No era una herencia envenenada, pero casi: dos hermanos no sabían a qué vecindario se enfrentaban

Bcn
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Antonio Sabán

Colaborador
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Antonio Sabán

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Las herencias suelen verse como una oportunidad económica, ya sea para alquileres o como, en el caso que veremos, para empezar un negocio. Sin embargo, a menudo, como sociedad, nos topamos con comunidades de vecinos y propietarios implacables, con sus tiempos y los estatutos. Lo que empieza como una buena noticia acaba en "drama".

Como recogió Infobae, es lo que le ha ocurrido a dos hermanos en Cataluña, que tenían planes de abrir un bar con terraza en un local heredado... hasta que han topado con un muro legal: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado la razón a la comunidad de vecinos, que prohibió la actividad hostelera apenas unos días antes de que los nuevos dueños tomaran posesión del inmueble.

El conflicto: 12 días de diferencia. Todo tiene que ver con un bajo comercial que, durante años, funcionó como taller de motos. Los hijos del propietario, conocedores del potencial de lo heredado y tras contar el visto bueno inicial del Ayuntamiento, planearon transformar el espacio en un bar-cafetería con terraza.

La comunidad de vecinos se adelantó. El 21 de noviembre de 2019, la junta de propietarios aprobó una modificación de los estatutos para prohibir expresamente actividades de restauración y hostelería en los locales del edificio, alegando la prevención de ruidos y molestias. Ya era tarde: 12 días después de esa votación, el padre traspasó la propiedad a sus hijos mediante una herencia en vida. Hay ocasiones en que da igual lo que voten los vecinos, pero no es así en este caso.

El argumento legal. El punto clave del conflicto judicial estaba en en si esa prohibición era aplicable a los hermanos. La defensa de estos argumentó que, al no estar inscrita la prohibición en el Registro de la Propiedad en el momento del traspaso, ellos eran "terceros de buena fe" y la norma no debería afectarles.

Sí, pero. El tribunal ha desestimado este argumento por un detalle crucial: uno de los hermanos asistió a esa reunión de vecinos en representación de su padre y votó en contra. Por tanto, la Justicia considera que "conocían perfectamente el alcance de la prohibición", eliminando la posibilidad de alegar desconocimiento o buena fe, independientemente de la fecha de inscripción registral.

Sin efecto retroactivo. La sentencia también aclara que no se ha aplicado la norma con carácter retroactivo porque, en el momento de la votación vecinal, el bar no existía. El local era un taller y no tenía licencia de hostelería activa, por lo que la comunidad estaba legitimada para blindarse ante futuros cambios de uso. La decisión es firme y cierra la puerta a la apertura del negocio.

Imagen | Kaspars Upmanis y Davit Margaryan en Unsplash

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