Lo que no imaginaba al estrenar piso: tuvo que pagar 200 euros para poder hablar con los vecinos

La Ley de Propiedad Horizontal no establece obligación alguna en cuanto al idioma, pero sí que hay sentencias relativas a este aspecto

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Jose Antonio Carmona

Editor Senior

Que el turismo masivo está transformando nuestros hábitos de vida es algo incuestionable. Esta masificación genera situaciones de lo más diversas y, en este caso, rozando lo insólito: una mujer se encontró con la necesidad de contratar los servicios de un traductor para poder comunicarse en su propia comunidad de vecinos.

La turistificación de la que ningún rincón se libra, la que tantas quejas provoca entre los residentes, ha acabado originando una situación inesperada en Tenerife. Todo ocurrió durante una junta vecinal en la que la nueva propietaria descubrió que debía contar con un traductor para entender lo que se trataba con el resto de propietarios.

Una reunión que parece la ONU

Vecinos Imagen de Fran Villena en Flickr

Los hechos tuvieron lugar en Santa Úrsula, una localidad de la isla. Allí, esta propietaria, que acababa de adquirir un piso, se vio sorprendida al comprobar que debía abonar 200 euros para costear los servicios de un traductor profesional durante la reunión.

La razón de esta peculiar situación es que la junta se desarrollaba íntegramente en alemán, dado que la mayoría de los propietarios del edificio son ciudadanos alemanes que residen allí por temporadas.

El edificio, que cuenta con unas 30 viviendas, fue levantado con financiación procedente de Alemania y su gestión quedó en manos de inversores extranjeros. Además, buena parte de los vecinos son originarios de otros países, como Polonia o Rusia, y acostumbran a residir en la isla solo durante ciertas épocas del año.

“La mayoría son alemanes, polacos o rusos y hacen la temporada. Están seis meses aquí y seis fuera”.

Al conocer la situación, la propietaria describió lo sucedido como surrealista: “Cuando ví que se empezaba a hablar en alemán y se traducía al español me quedé flipando”. Al igual que ella, el resto de vecinos de habla castellana dependían de un traductor para poder comprender y participar en las decisiones que se tomaban en la comunidad.

El problema del coeficiente de metros. Una situación que, además, resultaba complicada de cambiar, ya que, como marca la ley, las votaciones se realizan según el coeficiente de propiedad en función de los metros cuadrados. Con su piso de 74 m², no tenía suficiente peso, ni siquiera sumando su apoyo al de otros propietarios, para modificar el sistema establecido.

También lamentó la falta de relación con sus vecinos y calificó la experiencia como “muy incómoda y muy extraña”. Explicó que desconocía esta circunstancia antes de adquirir la vivienda y que nunca habría imaginado que la mayoría de los propietarios serían extranjeros.

Lo que dice la Ley

Colores

Para despejar cualquier duda, lo más recomendable es acudir directamente a la normativa aplicable, que en este caso es una vieja conocida: la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal (LPH).

Esta ley, que regula aspectos como las convocatorias, las mayorías necesarias para aprobar acuerdos, las actas o las notificaciones, no contiene ninguna disposición que determine el idioma que debe emplearse en las juntas o reuniones de las comunidades de propietarios.

Lo habitual es que en estas reuniones se utilice el castellano, o en su caso, la lengua cooficial de la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble, como el catalán, el euskera o el gallego. El objetivo es emplear la lengua mayoritaria para que los acuerdos y debates sean comprensibles para la mayoría de los propietarios. Además, los documentos oficiales de la comunidad (actas, notificaciones, acuerdos) deben redactarse en español.

Según la resolución judicial ROJ: STS 7576/2002 corresponde al Tribunal Supremo (TS) de España, Sala de lo Civil y tal y como aclara Mariño Castro, administrador de fincas, el acta se redactará en español.

“Aunque la junta se celebre en otro idioma distinto del Español, poniendo un traductor para los  españoles, el acta se redactará en español  en el libro de actas, independientemente de que se envié una copia o las que sean en distintos idiomas siendo el costo de la traducción por cuenta de la Comunidad”.

En comunidades con un alto porcentaje de propietarios extranjeros, como ocurre en este caso, puede ser habitual que, por cortesía o acuerdo entre vecinos, parte de las reuniones o las actas se traduzcan a otros idiomas, pero la oficial, la que tiene validez se debe redactar en español.

Sin embargo, durante la celebración de una reunión de comunidad no existe obligación legal de que se desarrolle en un idioma determinado. Aunque la normativa no impone la necesidad de traducir, sí hay precedentes judiciales en los que se ha declarado la nulidad de reuniones comunitarias por no haberse utilizado el español, obligando en esos casos a garantizar la traducción para que todos los propietarios pudieran entender lo tratado.

Por otro lado, la comunidad puede decidir, si lo considera conveniente, traducir los documentos o contratar servicios de traducción. Esta medida debe aprobarse en junta y, en caso de salir adelante, el coste se repartiría entre los propietarios conforme al sistema habitual de cuotas de participación.

Vía | Atlánticohoy

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