Algunos vecinos querían instalar un ascensor aprovechando el hueco bajo la escalera del edificio. La justicia les quitó la idea

La sentencia aclara la importancia del uso privativo del espacio durante más de 30 años

Paco Rodríguez

Editor Senior

Imaginemos el típico edificio con una escalera comunitaria que da acceso a varias plantas y el propietario del bajo decide, porque nadie le ha dicho nada en contra durante años, utilizar el hueco bajo dicha escalera para su uso particular.

Luego surge la necesidad de remodelar o usar este espacio para otro fin que incumbe a más vecinos, como puede ser por ejemplo instalar un ascensor en la finca que utilizarán algunos de ellos. Lógicamente esto impediría que el propietario del bajo siguiera usando el hueco bajo las escaleras para su fin particular y se niega en redondo. ¿Quién tiene razón o mejor dicho la preferencia según la justicia?

Un hueco de escalera polémico

La instalación de ascensores en fincas urbanas que inicialmente no estaban preparadas para tal invento es un origen frecuente de polémicas y problemas jurídicos, como hemos visto en casos anteriores tan llamativos como este de Madrid.

Hoy vamos con un ligeramente diferente, puesto que en este caso el conflicto se originó en una finca donde los dueños de un local comercial abierto al público e integrado en una comunidad de propietarios con más pisos encima suyo habían estado usando durante décadas el hueco de la escalera comunitaria de la propiedad.

Imagen: José Antonio Carmona

Según la sentencia a la que se puede acceder a través del portal Economist & Jurist, algunos de los vecinos pretendían utilizar dicho espacio para instalar un ascensor en la finca, algo a lo que la propiedad del local se negó, puesto que perdería su uso particular y privativo.

Los propietarios habían utilizado el hueco de debajo de la escalera junto con un descansillo del edificio como parte anexa de su propiedad, haciéndolo formar parte de su negocio que estaba abierto al público y en conocimiento de todos los vecinos desde hacía muchos años cuando adquirieron el local.

De hecho, cuando lo compraron, el acceso al hueco de la escalera no estaba separado por ningún tabique, por lo que comenzaron a utilizarlo de forma habitual sin que nadie, en principio, se opusiera formalmente a ello. Además, según consta en el informe pericial, en la finca hay más locales comerciales con un uso similar de este espacio.

Por tanto, la Audiencia Provincial de Cantabria ha tenido que determinar si el hueco de las escaleras era un elemento de uso común de todos los vecinos o bien se trataba de un espacio de uso privativo. La sentencia ha sido clara y ha terminado por dar la razón a los dueños del local, puesto que incluso en el propio contrato de la constructora se establecía que "manteniendo la propiedad, podía darles a tales elementos el destino que tuviera por conveniente, careciendo de sentido tal reserva si luego iban a ser elementos comunes".

Además, los dueños del local comercial habían venido usando el espacio "en la misma forma, de manera pública, pacífica e interrumpida" durante décadas (lo adquirieron en 1989). Por todo ello, la justicia ha concluido que el hueco situado bajo las escaleras nunca tuvo un carácter de elemento común, sino privativo, dando así la razón a la propiedad del local. 

Vía | Economist & Jurist

Imagen portada | Ramon Clemente

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